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CASO JUAN RAMÓN COLLADO MOCELO.

ORDEN DE APREHENSIÓN

Así inicia el expediente, cito los datos más sobresalientes.

Ciudad de México, seis de julio de dos mil diecinueve.

I. El cinco de julio del año en curso, se recibió en este Centro de Justicia Penal Federal, el oficio signado por GLORIA MINERVA SÁNCHEZ DÁVILA, agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Agencia Cuarta Investigadora de la Unidad Especializada de Investigación en Delitos Cometidos por Servidores Públicos y Contra la Administración de Justicia, de la Fiscalía General de la República, relativo a la carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-CDMX/0000949/2019, mediante el cual solicita orden de aprehensión en los términos siguientes:

En contra de (1) José Antonio Rico Rico (2) Juan Ramón Collado Mocelo (3) José Antonio Vargas Hernández, (4) Roberto Isaac Rodríguez Gálvez y (5) Tanía Patricia García Ortega, por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como los delitos de:

a) DELINCUENCIA ORGANIZADA, previsto en el artículo 2º fracción I, en relación con el 4º, fracción I, incisos 'a' y 'b', de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, con la finalidad de cometer el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita;

b) OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, previsto en el artículo 400 BIS párrafo primero, fracción I, del Código Penal Federal, en las modalidades de: recibir por interpósita (José Antonio Rico Rico y Juan Ramón Collado Mocelo), enajenar por si (José Antonio Vargas Hernández), adquirir por si (Roberto Isaac Rodríguez Gálvez) y transferir por si (Tanía Patricia García Ortega) dentro del territorio nacional bienes de cualquier naturaleza con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

Finaliza la Resolución así:

PRIMERO. A las trece horas con cinco minutos del seis de julio de dos mil diecinueve, se libra orden de aprehensión en contra de (1) José Antonio Rico Rico (2) Juan Ramón Collado Mocelo (3) José Antonio Vargas Hernández, (4) Roberto Isaac Rodríguez Gálvez y (5) Tanía Patricia García Ortega, por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como los delitos de:

a) DELINCUENCIA ORGANIZADA, previsto en el artículo 2º fracción I, en relación con el 4º, fracción I, incisos 'a' y 'b', de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, con la finalidad de cometer el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita;

b) OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, previsto en el artículo 400 BIS párrafo primero, fracción I, del Código Penal Federal, en las modalidades de: recibir por interpósita (José Antonio Rico Rico y Juan Ramón Collado Mocelo), enajenar por si (José Antonio Vargas Hernández), adquirir por si (Roberto Isaac Rodríguez Gálvez) y transferir por si (Tanía Patricia García Ortega) dentro del territorio nacional bienes de cualquier naturaleza con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

Así lo dictó y firmó, Jesús Eduardo Vázquez Rea, Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, con sede en el Reclusorio Norte, con carácter de Juez de Control.

¿Quién es Juan Ramón Collado Mocelo?

Es un abogado egresado de la Universidad Panamericana, hijo del fallecido José Ramón Amieva, un destacado Jurista.

Tiene un despacho jurídico: Collados y Asociados con servicios Nacionales e Internacionales. A sido contratado como abogado defensor por personajes muy polémicos del ámbito político como: el fallecido exsubprocurador de la PGR, Mario Ruiz Massieu, Raúl Salinas de Gortari, Diego Fernández de Cevallos, Carlos Ahumada, Carlos Romero Deschamps, Eduardo Fernández expresidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores), Mario Villanueva Madrid (exgobernador de Quintana Roo) y del expresidente Enrique Peña Nieto (amigo personal).

"Fue detenido el martes 9 de julio en el Restaurant Morton's de paseo de las palmas en Lomas de Chapultepec, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, por presunto lavado de dinero y crimen organizado y también con probable responsabilidad en la comisión de delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita". Preciso Expansión Política.

"Tras su aprehensión, el litigante recibió prisión preventiva en el Reclusorio Norte y aunque sus abogados promovieron un amparo alegando que se violaron sus derechos humanos contemplados en los artículos 1, 14, 16, y 20 de la Constitución, sin embargo, un juez lo negó." Preciso la Revista Quién.

Fuentes: https://politica.expansion.mx/mexico/2019/07/09/quien-es-juan-collado-esposas-hijos-yadhira-carrillo   -  https://www.quien.com/politica/2019/07/09/quien-es-juan-collado-abogado

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